El Estado provincial recuperó una superficie de 4.000 hectáreas de islas en el Departamento Gualeguay en una demanda que echó por tierra a una serie de decretos-ley dictados por la última dictadura militar a través de los cuales se entregaron a privados extensísimas porciones de tierras de dominio público que, según fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solo pueden ser desafectadas del patrimonio público mediante ley del Congreso de la Nación. El alto cuerpo federal consideró que la zona de las islas del Delta “al no integrar el patrimonio estatal y encontrarse fuera del comercio, es inalienable e imprescriptible”.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná hizo lugar a una acción de lesividad promovida por el Estado provincial contra la firma Dani Maderas SA en su calidad de adjudicataria de distintos lotes en islas Las Lechiguanas, en el Departamento Gualeguay, y contra “los herederos del Sr. Abelardo Félix Pacayut, el Sr. Luis Alberto Ré, y las entidades Santa Bárbara S.A., los Siriríes S.A., y Banco de Entre Ríos S.A. -en quiebra-, todos ellos sujetos titulares de las sucesivas transmisiones de dominio efectuadas”; y, en consecuencia, declaró lesivos y anuló una serie de decretos dictados durante la dictadura y también “el contrato de promesa de venta celebrado con la demandada e inscripto en el Registro Público de la ciudad de Gualeguaychú en fecha 18/01/80 por lesionar gravemente el ordenamiento jurídico”.

Abelardo Félix Pacayut –fallecido en 2014, mientras cumplía una condena por delitos de corrupción en la Unidad Penal de Paraná- fue senador provincial por el Departamento Islas entre 1987 y 2003, y fue el primer dirigente político de relevancia en ser condenado por una causa de corrupción en Entre Ríos. Desde diciembre de 2013, Pacayut cumplía una condena judicial de tres años y cuatro meses de prisión efectiva por haber falsificado documentación para obtener una casa del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV) en su Departamento, Islas del Ibicuy. Pero además, había sido condenado  en la causa Puerto Ibicuy, en la cual se comprobó que junto a su hermano y otros cinco procesados fueron responsables del desvío de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) destinados a la construcción de la terminal fluvial. El ex senador y su hermano Carlos, ex titular del Ente Autárquico Puerto Ibicuy (EAPI), junto al empresario porteño Alberto Gavio fueron sentenciados a cuatro años de prisión y a pagar una multa de 90.000 pesos, por haber sido encontrados responsables de actuar en connivencia con el resto de los condenados.

Ahora, su nombre aparece en un fallo dictado el 27 de noviembre por la Cámara en lo Contencioso Administrativo en una demanda de la Fiscalía de Estado para la recuperación de tierras de dominio público que habían sido desafectadas durante el gobierno de facto. En ese marco, en 2010 el Estado provincial declaró lesiva la operación inmobiliaria concretada durante la última dictadura militar, la que supuso la enajenación de 13 mil hectáreas de tierras de dominio público en las islas Las Lechiguanas, en el Departamento Gualeguay.

En 1978, cuando gobernaba Entre Ríos el brigadier Rubén Daniel Di Bello, la provincia puso a la venta vastas extensiones de tierras en el sur de la provincia, sin cumplir con los pasos legales que implicaba una enajenación de esa envergadura. Y lo hizo a través del decreto N° 2.319/78, que luego el Estado declaró “lesivo a los intereses públicos y al orden público”. La historia de esa anulación empezó de modo casual: en julio de 2009 el empresario santafesino Daniel Rey, socio gerente de la firma Agencia Marítima El Hauar, hizo un pedido al Estado para usar una franja costera de 100 metros de ancho por 1.000 metros de largo, sobre la margen del río Ibicuy, para construir un atracadero de barcazas.

Cuando se empezó a investigar en la Dirección de Tierras Fiscales respecto de la situación catastral de ese predio, se descubrió que formaba parte de un lote mayor, de 13 mil hectáreas, que había sido puesto a la venta en 1978 por Di Bello, y adquirido por un privado. Ninguna enajenación de tierras de dominio público puede hacerse de espaldas al Congreso: se necesita una ley especial.

El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, destacó la recuperación de 4.000 hectáreas en Las Lechiguanas, “una zona estratégica no solo por la aptitud ambiental y productiva de la zona sino porque se encuentran a la vera del Río Paraná Guazú, parte integrante de la Vía Navegable Troncal (Hidrovía), con lo que el inmueble tiene importancia logística”.

“Esta recuperación de islas para el patrimonio público se inscribe en una política de la Fiscalía de Estado fijada a partir del año 2008 basada en impedir la inscripción catastral de planos de mensura elaborados sobre inmuebles del dominio público; la oposición a las pretensiones de usucapiones sobre inmuebles del dominio del estado y el planteo de nulidad de ventas de inmuebles del dominio público”, subrayó. Y agregó: “El fallo en la causa ‘Dani Maderas’ sigue la línea de las causas ‘Escalada’ y ‘Florizú’. La primera de ellas sentenciada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que le dio la razón a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos. Los ejes centrales de esas decisiones judiciales consideran que las islas son bienes naturales que forman parte del dominio público del Estado y como tales están fuera del comercio. Además en caso de que se haya procedido a su venta la acción de nulidad para recuperar el bien es imprescriptible”.

Las 4.000 hectáreas vendidas a “Dani Maderas” y recuperadas están muy cerca del Puerto Público de Ibicuy que constituye un punto estratégico para desarrollar a la provincia de Entre Ríos como plataforma logística regional.

Una vez que la sentencia quede firme, la Dirección de Tierras Fiscales y la Oficina de Control de Inmuebles de la Fiscalía de Estado, a cargo de Leonardo Caluva y de Martin Rettore, respectivamente, procederán a la toma de posesión de los lotes en cuestión.   

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