El Juzgado de Paz de Pueblo Brugo, a cargo de la Jueza suplente María Fernanda Schoenfeld, falló a favor de la Municipalidad de Pueblo Brugo luego de que un productor agropecuario oriundo de Paraná presentase una Acción de Amparo contra el Municipio. El argumento del demandante fue que le impidieron ingresar y circular en la localidad, y solicitando que se ordene al Municipio que permita el ingreso y tránsito.
Como contrapunto, el Presidente Municipal, Martín Ruiz, patrocinado por la abogada Flavia Martínez Aquino, entendió que no se encontraba acreditado el hecho que derivó en la demanda, por lo que no surgía de manera manifiesta lesión a derecho alguno.
Además, realizó un análisis sobre los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo, que pretendía el demandante, entendiendo su improcedencia por no encontrarse presentes las exigencias que la tornan viable. Es en este sentido que dejó en claro que el productor paranaense “actuó sin ningún sustento probatorio serio que permita acreditar el hecho”. Finalmente, el Municipio argumentó que la vía del amparo no era la adecuada para canalizar el reclamo.
Luego de analizar la demanda del productor y la respuesta del Municipio, la Jueza rechazó en todos sus términos la petición presentada, entendiendo que de las actuaciones no se visualiza un proceder arbitrario o ilegitimo por parte de la Municipalidad de Pueblo Brugo.
Desde el Juzgado, se destacó que este fue el primer amparo que tramitó ante el Juzgado de Paz de la localidad desde su creación, en 1894.
Entre Ríos Diario