Luego de la suspensión de nuevas habilitaciones de locales comerciales en Viale (primero había sido con los grandes supermercados y luego de los demás rubros), un grupo de familias de la ciudad planteó a los concejales, así como también al Centro Comercial que ellos se veían imposibilitados a abrir nuevos locales de ropa, lo cual les impedía trabajar.
Por ello, el cuerpo legislativo de manera unánime, aprobó derogar uno de los artículos que suspendía la instalación de roperías.
En este sentido, los ediles de todos los bloques aprobaron derogar el último párrafo del artículo 1º de la Ordenanza Nº 1676/16 respecto de la suspensión en el mismo obrante de toda habilitación, sea precaria o definitiva, permiso y cualquier tipo de actuación administrativa y trámite análogo tendiente a autorizar la instalación o radicación de establecimientos comerciales que quisieren funcionar como Tiendas de prendas de vestir, Roperías y similares”.
Además, los concejales decidieron incorporar a la Ordenanza 1.000/08 sobre habilitación para la instalación y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios, un agregado a su ARTICULO 4º, que establece que de ahora en más quienes quieran abrir un local de venta de ropa en la ciudad deberán contar con una residencia mínima en Viale de tres años “ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la presentación del trámite”.