M. Laura Albarenque, Coordinadora de Educación de Jóvenes y Adultos Paraná Campaña, se refirió a la situación que afecta al Sr. Delssin Alejandro en su calidad de Empleado de la Municipalidad de Viale.
Señaló la funcionaria:
«El Sr. Delssin se desempeña como Capacitador Laboral en el ámbito educativo en el cual ejerzo la coordinación, y desde esta función destaco la capacidad profesional y docente del Sr. Alejandro Delssin en el desempeño de su rol docente y en el ejercicio de sus obligaciones laborales, así como en su incondicional prestación de solidaridad con sus compañeros de trabajo y la población directamente vinculada al ámbito laboral.
Al tomar conocimiento de la decisión tomada en relación a su afectación a la Planta de reciclado de residuos, me hace reflexionar sobre algunos aspectos de la situación y sin pretender inmiscuirme en lo atinente a la gestión municipal, lo cual no me incumbe ni es el propósito de esta expresión, comparto algunas reflexiones desde este rol de coordinadora de un espacio de formación laboral.
Desde la tarea que llevamos adelante en el marco de la Coordinación de Educación de Adultos, coordinadores/as y capacitadores/as bregamos insistentemente y mediante el trabajo cotidiano en la promoción de los valores y condiciones de calificación de las personas para el desempeño de un oficio, de una tarea especializada y socialmente valorada por su utilidad para alcanzar mejores condiciones de vida. Desde este posicionamiento ético y político en relación a la dignidad del trabajo que promueva las capacidades de todo y toda ciudadano/a, es difícil comprender el objeto de designar a una persona calificada para desempeñarse en tareas administrativas y/o de programación de sistemas de informática, a tareas en relación al manejo de la basura.
En esta reflexión sobre la no promoción de las capacidades, habilidades y desempeño acorde a la calificación del empleado, revisando la definición de la OIT (1999) respecto de «trabajo decente», Brú (2004) expone: “ es aquella ocupación productiva que es justamente remunerada y que se ejerce en condiciones de libertad, equidad, seguridad, estabilidad y respeto a la dignidad humana”, Definición que expone la brecha que puede existir entre el «cumplir un trabajo asignado» y «el trabajo decente y digno». La dignidad del trabajo, la decencia del trabajo son sustancialmente ratificados en la Constitución Nacional , ART 14 BIS, artículo que expresa y sintetiza los ideales de la Doctrina Peronista en relación al TRABAJO.
En este orden de reflexión y sin otro ánimo que el de exponer el posicionamiento desde el cual desempeño la función y desde el cual trabajan día a día los y las capacitadoras/es laborales de esta coordinación, hacemos expreso nuestro apoyo al Sr. Alejandro Delssin.
Cabe mencionar, que en una fecha tan sentida para quienes tomamos las banderas de la JUSTICIA SOCIAL, hoy 26 de Julio, en un nuevo aniversario del fallecimiento de EVA DUARTE DE PERON, más que una opción es una obligación señalar los actos que no favorecen la promoción de la dignidad del trabajo», dijo la funcionaria.