Mediante el Decreto Nº360/20 se ha dispuesto la prórroga del Decreto Nº141/20 que establece métodos y horario de las ceremonias de sepelios, que continuarán en el mismo sentido y hasta que la administración disponga lo contrario.

Considerando las restricciones de excepción necesarias generadas por la pandemia del COVID-19 que impactan en la salud pública y el requerimiento de cumplir con el aislamiento y evitar el acumulamiento de personas, se dispuso establecer las siguientes reglas para los sepelios en nuestra ciudad:

-Restricción de horario en salas de velatorios o domicilios particulares.

-Presencia solo de cónyugues y/o convivientes, hermanos y hermanas, y ascendentes y descendentes hasta un máximo de 10 (diez) personas.

-La ceremonia de velatorio no podrá exceder las 4 (cuatro) horas en total. Luego la sala permanecerá cerrada hasta la inhumación.

-El traslado al cementerio se realizara en coche fúnebre y sin acompañamiento.

Si hubiese fallecido por causa del COVID-19, NO SE EFECTUARÁ VELATORIO. El servicio se efectuara bajo modalidad “servicio directo” debiendo colocarse el cuerpo en un ataúd con caja interior metálica herméticamente cerrada y traslado al cementerio en furgón sanitario.